Inhabilitación de Candidatos y la Aplicación de la Sentencia Constitucional 007/2025: Un Análisis de Jaime Uscamayta

Jaime Uscamayta abogado municipalista.

El Tribunal Electoral Departamental de Beni ha determinado la inhabilitación de las candidaturas a la alcaldía de Yerco Núñez y Moisés Shiiriki, quienes fueron postulados por haber ejercido ya dos mandatos consecutivos como alcaldes. Esta resolución ha encendido el debate sobre la legalidad de la reelección en los municipios de Bolivia, en particular en localidades como Montero, donde surgen dudas sobre la posibilidad de que el candidato  Mario Baptista  puedan ver su postulación cancelada por los mismos motivos.

Para entender mejor el alcance de esta decisión, hablamos con Jaime Uscamayta, abogado municipalista, quien explicó cómo esta normativa se aplica a los candidatos en general y detalló las implicaciones de la Sentencia Constitucional 007, que modula las disposiciones sobre la reelección de autoridades electas en el país.

La Constitucionalidad de la Reelección:

Uscamaita aclaró que, según la interpretación actual de la Constitución Política del Estado, tras el referéndum nacional que estableció un límite de reelecciones consecutivas, solo se permite que un candidato pueda ser elegido para un cargo municipal en dos ocasiones consecutivas. La Sentencia Constitucional 007 de 2025 refuerza este principio y determina que no se pueden habilitar candidaturas para un tercer mandato. Esto se aplica tanto para aquellos que han sido electos en el marco de la Constitución de 2009, como para los que lo han sido bajo la estructura del Estado Plurinacional de Bolivia.

En este sentido, la interpretación legal es clara: los periodos previos, incluso aquellos antes de la modificación constitucional, deben ser contabilizados como parte del total de reelecciones. La normativa también establece que, en casos de sucesión constitucional, un concejal podría asumir la alcaldía, lo que añadiría complejidad al asunto de la reelección. Esta figura, en especial, ha generado preocupación, ya que podría permitir que aquellos que ya han sido alcaldes en el pasado asuman nuevamente el cargo a través de la sucesión, lo que contraviene el límite de dos mandatos consecutivos.

¿Qué Implicaciones Tiene para Montero y Otros Municipios?

El candidato Mario Baptista, quien aspira a la primera concejalía por la Agrupación Política SOL podría estar en riesgo de ser inhabilitados si se considera que, bajo esta modalidad de sucesión, están optando por un tercer mandato  alcaldía de Montero, es un ejemplo de este tipo de casos. Uscamayta señala que, aunque Baptista se postula como concejal titular, su objetivo parece ser, en realidad, alcanzar la alcaldía por sucesión, lo que implicaría un tercer mandato, situación prohibida por la Constitución.

El Rol del Tribunal Electoral Departamental:

Específicamente sobre la situación de Montero, Uscamayta sostiene que el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz tendrá la responsabilidad de evaluar cada caso y determinar si corresponde o no la inhabilitación de candidatos que ya han cumplido con dos mandatos Baptista fue alcalde en dos gestiones (2010-2015) y (2016-2019). La decisión sobre los postulantes como Yerco Núñez y Moisés Shiriki está en línea con lo que establece la Sentencia Constitucional 007, y debería aplicar el mismo criterio a otros casos similares, como el de Baptista.

Uscamayta también mencionó que existen otras causas de inhabilitación, como el incumplimiento de ciertas normativas en el proceso electoral, las cuales están siendo investigadas por el Tribunal Electoral, y que podrían afectar a otros candidatos en la contienda electoral de Montero.

Reflexión Final:

La aplicación estricta de la Sentencia Constitucional 007 y la revisión de la reelección se están convirtiendo en un tema crucial de cara a las elecciones municipales. Los Tribunales Electorales Departamentales tienen una gran responsabilidad en garantizar que las reglas sean respetadas para mantener la integridad de las elecciones, evitando que se vulneren los principios establecidos por la Constitución.

En conclusión, los casos como los de Yerco Núñez, Moisés Shiriki, Mario Baptista y otros aspirantes a cargos municipales deben ser analizados cuidadosamente, no solo por la situación de los candidatos, sino también por el impacto que estas decisiones tienen sobre la legalidad y la confianza en el proceso electoral.

Autor: Yupanqui

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